El reconocido piqueteadero de Doña Segunda fue cerrado temporalmente este viernes por un incumplimiento en la expedición de facturas electrónicas. Ante las declaraciones de los implicados, la Dian se pronunció.
Este viernes, las imágenes de Doña Segunda hablando del cierre temporal de su establecimiento causaron diferentes reacciones en redes sociales, pues entre lágrimas, la mujer asegura que tanto ella como sus empleados cumplieron con todo lo que solicitaba la entidad; sin embargo, la DIAN selló el establecimiento ubicado en el 12 de Octubre durante tres días por un incumplimiento en la expedición de facturas electrónicas.
“Ni siquiera por salud pública. Todo se ha cumplido con lo que ordena la ley, se han pagado impuestos, se han pagado multas (…) pago mis impuestos, pago todo lo que la DIAN exige. Me parece que ahorita quedan 14 personas sin sueldo tres días, y de esas personas dependen más familias con hijos. Esa es mi preocupación”, dijo Doña Segunda en entrevista con Caracol.
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Ante estas declaraciones, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales publicó un comunicado en el cual explica las razones por las que se puede sellar un establecimiento comercial al incumplir con esta medida.
“Los procesos comienzan con una visita de orientación y sensibilización que hace la DIAN, en la que se encarga de verificar que el comercio esté expidiendo factura electrónica. La entidad siempre se asegura de que el obligado a facturar cumpla los requisitos establecidos en el Estatuto Tributario, entre otros, para el caso de personas naturales cuyos ingresos por ventas superen las 3.500 UVT, que corresponden a $148.442.000 (un promedio diario de $412.338)”, explicó la entidad.
Según la entidad, cuando la DIAN visita el establecimiento y encuentra alguna irregularidad, “formula un pliego de cargos que el establecimiento puede responder exponiendo los motivos del incumplimiento y dando las explicaciones para evitar las sanciones. Para ello, el responsable tiene un plazo de 10 días hábiles”.
Además, explicó la etapa en la que se encuentra el piqueteadero de Doña Segunda: “Si los cargos se confirman, la entidad emite una resolución que sanciona al establecimiento con su cierre por tres (3) días. Una vez más, el comercio tiene 10 días hábiles para responder, esta vez para interponer un recurso de reposición con la intención de que la sanción sea reconsiderada. (…) Si el fallo confirma la sanción, el cierre deberá ocurrir en los 10 días hábiles siguientes”.
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Para que el establecimiento no sea cerrado, se debe pagar una multa que “puede ser del 5%, del 10% o del 15% de los ingresos brutos operacionales del mes anterior a la fecha de la visita que desencadenó el proceso”.
Es de resaltar que en lo que va del 2024 se han cerrado 119 locales por esta razón.
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