La DIAN afirmó que este año la facturación de papel deberá desaparecer paulatinamente. Solo se usará facturación electrónica.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales anunció que la factura de papel desaparecerá totalmente, por lo que les hace un llamado a los comercios para que empiece a hacer la transición hacia la facturación electrónica.
Según la entidad, ya no solo serán los grandes comercios los que deberán cumplir con este proceso, sino que aplicará para cualquier negocio que venda más de 145 millones de pesos al año, así que entrarán, misceláneas, restaurantes, tiendas, entre otros.
De acuerdo con la directora de Gestión de Impuestos de la Dian, Cecilia Rico Torres, con esta transición llegarán varios beneficios, ya que se facilitarán varios procesos entre los establecimientos comerciales y los consumidores.
“Esta implementación redundará en beneficios importantes como mejoras en los servicios de declaraciones sugeridas, devoluciones automáticas de impuestos, y dispondrá de información en tiempo real de sus soportes, venta y/o compra de bienes y/o servicios”, aseguró Rico.
Asimismo, explicó que no habrá un monto mínimo o límite para implementar la facturación electrónica, ya que anteriormente tenía un límite de cinco Unidades de Valor Tributario (UVT). Además, la DIAN realizará un acompañamiento y capacitación para implementar esta facturación.
“Se viene desarrollando diferentes acciones de acompañamiento para orientar la implementación correspondiente, de modo que se ajuste a los plazos. La entidad continuará adelantando otras acciones de acompañamiento, como las ya conocidas jornadas de facturación”, aseguró.
Plazos para la transición:
En cuanto a los plazos para la transición, funcionarán de la siguiente manera:
1 de junio, para declarantes del Impuesto sobre la Renta que no sean Grandes Contribuyentes.
1 de julio, para los no declarantes del Impuesto sobre la Renta y quienes no tengan ninguna de las calidades de los grupos anteriores.
Entre el 1 de agosto y el 1 de noviembre, los 11 documentos que la DIAN contempla como equivalentes de la factura tendrán que pasar a sus versiones electrónicas. Estos son:
- Boleta de ingreso a cine.
- Tiquete de transporte de pasajeros.
- Extracto bancario
- Tiquete o billete de transporte aéreo de pasajeros
- Documento en juegos localizados.
- Boleta, fracción o formulario en juegos de suerte y azar diferentes de los juegos localizados.
- Documento expedido para el cobro de peajes
- Comprobante de liquidación de operaciones expedido por la Bolsa de Valores.
- Documento de operaciones de la bolsa agropecuaria y de otros commodities.
- Documento expedido para los servicios públicos domiciliarios.
- Boleta de ingreso a espectáculos públicos de las artes escénicas, y otros espectáculos públicos.
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Es de aclarar, que aunque las empresas pueden pagar plataformas para generar el nuevo POS electrónico, la DIAN habilitó una plataforma gratuita que emite la facturación para cualquier empresa que quiera implementarla.
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