El fallo del Tribunal Superior de Bogotá sobre ‘la familia multi-especie’ nació como consecuencia del caso de la perrita Simona, además, es un avance para los derechos de los animales en Colombia.
El Tribunal Superior de Bogotá incluyó por primera vez el concepto de familia multi-especie, refiriéndose a que un animal de compañía pueda ser considerado como un miembro más de la familia, el proyecto del fallo nació debido al conflicto de los tribunales Familiar y Civil por el caso de la perrita Ramona.
El motivo del desacuerdo de los tribunales se dio por la demanda interpuesta por un hombre contra su expareja porque no lo dejó ver de manera regulada a su perrita Simona, luego de su separación. Al parecer, la pareja habría acogido al animalito cuando estaban juntos.
El hombre aseguró al juzgado de familia, que tenía derecho a visitas reguladas con Ramona, pues la considera como su ‘hija perruna’, por ende, su vínculo no desaparecía con la finalización de la relación sentimental. Sin embargo, la mujer demandada aseguró que la perrita terminaba afectada luego de las visitas de su ex pareja, debido a que se acostumbró a estar siempre con ambos.
No obstante, el demandante alegó que Simona suele dormir y ver películas con él, así que después de no compartir tiempo juntos la perra se deprime y no come, por esto, al poder tener muy pocas visitas a la perrita, ella terminaba afectada.
El caso de Simona llegó a los estrados judiciales el 28 de octubre de 2022, la demanda fue enviada al Juzgado Tercero de Familia de Bogotá al tratarse sobre un “conflicto familiar”; sin embargo, el juzgado alegó que el caso de la perrita no era competencia del tribunal familiar, por lo que la demanda fue enviada al Juzgado 27 Civil del Circuito de Bogotá el 6 de diciembre del año mencionado, pero este también aseguró que tampoco era de su competencia.
“Ya que los animales son sujetos de derecho, y su bienestar se puede ver afectado por la separación de la pareja, pues ahora hacen parte de la familia. Por lo tanto, ese juzgado propuso conflicto negativo de competencia ante el Tribunal Superior de Bogotá”, respondió el Juzgado Civil.
Debido a el conflicto entre los Juzgados Civil y Familiar, por el caso de Ramona, el Tribunal Superior de Bogotá intervino como instancia superior, sin embargo, no puedo hacer nada al respecto porque en Colombia no hay regulaciones sobre el concepto de familia multi-especie, antes tenía que fallar con normas relacionadas con la custodia, por estas razones, el Tribunal sacó el fallo.
“El derecho debe evolucionar con la sociedad y, cuando el principio de legalidad lo permita, debe adaptarse a las necesidades actuales. No reconocer la protección de la familia multi-especie sería desconocer la mejor y actual interpretación de la Constitución Política. Especialmente cuando estas necesidades ya se han expresado por la ciudadanía al acudir a la jurisdicción ordinaria solicitando que se regulen las visitas a sus animales domésticos, ponderando el derecho a la propiedad con el bienestar del animal”, expresa el fallo del Tribunal Superior de Bogotá.
Además, el fallo expresa que en el concepto de familia multiespecie “los animales pueden ocupar un lugar como integrantes de familias humanas, situación susceptible de protección como realidad social”. Por ende, el Juzgado de Familia se hará cargo del caso de la perrita Ramona.
“Además, aún si la Sala desconociera la existencia de la familia multi-especie, y solo se guiase por el derecho de propiedad, de igual forma le correspondería conocer de este asunto al juez de familia, porque Simona fue adquirida mientras la sociedad conyugal se encontraba vigente”, agregó el Tribunal fallo.
Asimismo, agregaron que “ciertos animales se han integrado a las familias y, en aquellos casos en los que se generan vínculos mutuos, es posible reconocer determinados deberes y obligaciones que conllevarían a algunos mandatos en favor de los animales”.
Así que los bogotanos que consideren tener un vínculo de familia, tan cercano como en el caso de Ramona, podrán apelar ante un Juzgado de Familia.
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