El Ministerio de Justicia expidió el Decreto 1451, a través del cual se fijaron las reglas de juego para que las mujeres cabeza de hogar que se encuentren privadas de la libertad puedan salir de prisión a cambio de prestar un servicio social a su comunidad.
La iniciativa se enmarca en la Ley 2292 de 2023 y generó buena aceptación entre los expertos, pues lo ven como una medida para reducir la sobrepoblación carcelaria y brindar una segunda oportunidad encaminada a la resocialización. Q’HUBO le cuenta los principales ejes de este beneficio.
No es para todas
Entre las excepciones para este beneficio se encuentran las mujeres que hayan cometido delitos como violencia intrafamiliar, abuso sexual de menores u homicidio; asimismo, las condenadas no deben tener antecedentes penales en los últimos 5 años.
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Otra restricción es que no podrán recibir ningún tipo de compensación económica por este servicio, aunque las beneficiarias sí podrán trabajar y estudiar en jornadas distintas al servicio sustitutivo. Por último, el servicio se debe presentar en la ciudad en que viva la condenada.
Para acceder
A este beneficio sólo podrán acceder mujeres que demuestren tener hijos menores de edad a su cargo o en condición de discapacidad permanente.
La prestación de servicios sustitutivos si la pena cercelaria es igual o inferior a 8 años y por los delitos de robo, hurto calificado, cultivos ilícitos, tráfico, fabricación o porte de drogas, uso de inmuebles para el comercio de drogas y sus agravantes, y la aplicación de este beneficio solo se dará si ella solicita de manera voluntaria con la debida asesoría de su abogado defensor y ante un juez de conocimiento o uno de ejecución de penas.
¿A qué podrán aplicar?
Los servicios de utilidad pública los podrán prestar las mujeres beneficiarias a través de instituciones públicas, organizaciones sin ánimo de lucro (fundaciones) y no gubernamentales haciendo labores de mejoramiento del espacio publico, apoyo a víctimas, protección animal o ambiental, apoyo a comunidades vulnerables, promoción cultural y educativa en colegios y universidades, así como actividades de ocio, apoyo a organismos de rescate, mejoramiento y desarrollo de obres públicas, apoyo al transporte público y actividades sociales contra el delito.
Así se beneficiarán
De acuerdo con la normatividad, las mujeres que hagan parte de este programa de pena sustitutiva accederán a un descuento de una semana de su condena por cada 5 horas trabajadas, así las cosas, una mujer condenada a 5 años (260,7 semanas), tendría que trabajar 1.303 horas; teniendo en cuenta que máximo se pueden trabajar 20 horas a la semana, la pena quedaría cubierta en 65 semanas de trabajo, más o menos 16 meses.
Lo bueno, lo malo y lo que queda pendiente
Gran acierto
Para el penalista Juan Francisco Navarrete (foto), es una medida acertada en tanto que “privar a una persona de la libertad debe ser la última medida”, pues en las cárceles es más complicado aplicar la socialización.
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Juzgados a full
El mayor inconveniente que ve el abogado sobre esta medida es la congestión de los juzgados de ejecución de penas, pues son 5 mil mujeres haciendo la solicitud, “y falta ver cómo le harán seguimiento a las beneficiarias”.
Para reflexionar
“Las aspirantes ya deben contar con un cupo u oportunidad para postularse, eso hace que la opción no sea eficiente, así que las entidades del Estado (MinTIC, DPS) creen una base de datos para poderse postular”.
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