De los cerca de 2.869.000 colombianos que viven en el extranjero, al menos dos terceras partes se verán beneficiadas con la más reciente decisión de la Corte Constitucional, en la cual se habilitó el ‘Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social’ (Cmiss), firmado en julio de 2021 por el gobierno del presidente Iván Duque.
En adelante, los trabajadores extranjeros que residan en alguno de los 15 países asociados a este convenio (incluido Colombia), que coticen en el extranjero y hayan laborado en nuestro país, podrán sumar ambos aportes para alcanzar su pensión, lo cual trae beneficios para el bolsillo. Ojo a este anuncio.
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Excelente para sumar tiempos
En la práctica, según explicó Juan Carlos Hernández, director de Pensiones del Ministerio de Trabajo, en adelante los colombianos en estos países podrán sumar los tiempos trabajados en uno y otro país para acceder a su pensión por vejez; no solo eso, sino que el acuerdo firmado también implica el acceso a pensión por invalidez, así como el acceso a sus familiares a este ahorro en caso de muerte en el extranjero.
Gracias a la decisión que tomó la Corte Constitucional, que se basó en reconocer la importancia del trabajo y asegurar el mínimo vital de las personas (Artículo 53 de la Constitución), quienes trabajen en Argentina, Bolivia, Brasil, Costa Rica, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay y Venezuela (países miembros del Cmiss) se verán beneficiados. Antes de la aprobación de este acuerdo, los colombianos que trabajaban en el exterior podían cotizar directamente en Colombia, para salvar su ahorro.
A tener en cuenta
La idea es que se le permita a los pensionados acceder a la opción que más les convenga, por ejemplo si la pensión en un país se consigue a una edad menor o se paga más, la persona podrá solicitar el acceso a la pensión en la nación que resida. Desde luego, quienes decidan cotizar desde el extranjero en el sistema colombiano no estarán obligados al pago de salud.
Para cotizar en el extranjero, debe ceñirse por las políticas de edad y semanas cotizadas y otras normas que se apliquen allí, es decir, en ningún momento se modifican o heredan los derechos de nacionalidad, sino que las entidades deben armonizar su normativa.
Y si usted se encuentra en un país por fuera del convenio Cmiss, por ejemplo los Estados Unidos, pilas, porque no hay aún convenio, por lo que deberá decidir en dónde puede hacer su aporte pensional y si opta por hacerlo en Colombia, deberá pagar como independiente.
En la practica…
“Un colombiano que haya cotizado 500 semanas y se haya ido del país y trabajado otras 800 semana, claramente no alcanzará el tiempo para pensionarse en alguno de estos países. Ahora, lo que deberá hacer es presentar su solicitud en Colombia o el país en que se encuentre y en cada país se pagará una pensión proporcional al tiempo trabajado”, señaló el experto del Ministerio del Trabajo.
Para cotizar en el extranjero deberá tener su documentación en regla como lo es el pasaporte, la cédula de extranjería o la visa de trabajo, según sea el caso, y abrir una cuenta de acuerdo a los parámetros de cada nación.
Mientras que si es un extranjero en Colombia o un colombiano en el exterior, pero quiere cotizar en nuestro sistema, debe tener en cuenta que la norma actual es de 1.300 semanas cotizadas y deberá cumplir la edad para acceder a la pensión (57 años para mujeres y 62 años para hombres).
Adicional a esto, podrá afiliarse por internet en cualquiera de los cinco fondos de pensiones:
- Colpensiones: colpensiones.gov.co/exterior
- Porvenir: porvenir.com.co/web/colombianos-en-el-exterior
- Colfondos: colfondos.com.co/dxp/personas/pensiones-obligatorias/pension-obligatoria-para-colombianos-en-el-exterior
- Skandia: skandia.com.co/mipension/Paginas/default.aspx#3rdPage
- Protección: proteccion.com/contenidos/persona/pension/convenios-internacionales
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