Todo lo que debe saber sobre este beneficio que entrega el Distrito.
La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP) le ofrece a los ciudadanos en condición de vulnerabilidad o pobreza la posibilidad de acceder a subsidios funerarios. Este es un apoyo económico el cual cubre entre el 90% y 100% del valor de los servicios funerarios en los Cementerios de Propiedad del Distrito. Este subsidio cubre los costos de los siguientes servicios: Inhumación: depositar un cuerpo o cenizas en una bóveda. Exhumación: sacar los restos de una bóveda y cremación. Le contamos los requisitos que debe cumplir y cómo acceder a este beneficio.
¿EN QUÉ CONSISTEN LOS SUBSIDIOS FUNERARIOS?
Son un apoyo transitorio y oportuno dirigido a las personas que no cuentan con recursos económicos para afrontar la situación de calamidad funeraria. Este es otorgado por la Alcaldía Mayor de Bogotá, a través de la UAESP, y cubre los servicios funerarios de destino final en los cementerios del Norte, Sur, Central y Parque Serafín.
¿Cómo acceder a un subsidio funerario?
El primer paso es que deberá acreditar su condición de vulnerabilidad o pobreza; luego, indicar el servicio funerario que se solicita y radicar en las oficinas de la UAESP: la carta o formato de solicitud con nombres y apellidos completos del fallecido y solicitante, documento de identidad, dirección, teléfono y correo electrónico de quien lo pide (si lo tiene).
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¿Cómo acreditar la condición de vulnerabilidad?
Puntaje de la base de datos del SISBÉN categoría A, B y C. Población desplazada – víctimas del conflicto. Población habitante de calle. Grupos étnicos (indígenas, afros, pueblo palenquero, comunidad gitana, etc.) Nacionales venezolanos.
REQUISITOS Y DOCUMENTOS PARA LA SOLICITUD
Carta de solicitud o formato que contenga:
Datos del peticionario.
Datos del fallecido.
Servicio y cementerio propiedad del Distrito
Anexar
Registro civil de defunción – certificado de defunción.
Copia de cédula del peticionario.
Documento con el que se acredite la condición de vulnerabilidad.
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Condiciones especiales
- Propietarios de mausoleos – bóvedas, osarios o cenizarios: adjuntar certificado de tradición y libertad o escritura pública.
- Muerte violenta: adjuntar certificado de Fiscalía que autoriza el procedimiento solicitado por el deudo (no mayor a 30 días de vigencia).
- Proviene de otro cementerio: adjuntar certificado de procedencia de restos o cenizas.
- Restos que se dirigen a otro cementerio: adjuntar certificado del cementerio al cual serán enviados los restos, que den cuenta de este hecho.
Tiempos de respuesta
Máximo diez (10) días hábiles a partir del recibo de la solicitud y confirmación
del cumplimiento de los requisitos, para servicios de exhumación y cremación de restos. Un (1) día para los servicios de inhumación o cremación de cuerpos.
Para tener en cuenta
No se subsidian servicios de sala de velación, laboratorio de tanatopraxia, capillas, cofres ni féretros.
Canales de atención
Para más información, podrá comunicarse por medio de los siguientes correo electrónicos: subsidiosfunerarios@uaesp.gov.co, uaesp@uaesp.gov.co y funerarios@uaesp.gov.co
También podrá acercarse presencialmente a los cementerios Central (carrera 20 # 24 – 80), Norte (calle 70 #15-7), del Sur (calle 27 Sur #37-83) y al Parque Cementerio Serafín (calle 71 Sur #4-09); o a los siguientes números: 3385400 Opción 3, 7430093, 3904544.
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