Pico y Placa Bogotá:  6 al 0 – Pico y Placa Taxis: 1 y 2

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El trabajo en día festivo deberá remunerarse con un recargo del 100%

El trabajo en día festivo deberá remunerarse con un recargo del 100% El artículo 13 estipuló que el trabajo diurno será entre las 6:00 a.m y las 7:00 p.m; la jornada nocturna arrancará desde las 7:00 p.m y va hasta las 6:00 a.m. El empleador deberá pagar 35% más del sueldo. Actualmente el recargo nocturno aplica después de las 9:00 p.m. Ese artículo comenzará a regir seis meses después de que se apruebe la reforma.

Continúa el debate en la Plenaria de la Cámara de Representantes sobre la discusión de la reforma laboral. Entre los puntos que se han abordado están los contratos a término fijo, modificaciones en las jornadas nocturnas, condiciones de los trabajadores de aplicaciones tecnológicas de reparto, regulaciones especiales para comunicadores y artistas; modelos de tercerización y […]

Olmedo López aseguró que el Gobierno le ordenó dar contratos al Eln

Olmedo López aseguró que el Gobierno le ordenó dar contratos al Eln Además de la compra de congresistas para lograr la aprobación de las reformas, se siguen conociendo más detalles sobre el escándalo de corrupción al interior de la Unidad Nacional para la Gestión de Riesgo (UNGRD), y que también incluiría la entrega de contratos al Eln.

Además de la compra de congresistas para lograr la aprobación de las reformas, se siguen conociendo más detalles sobre el escándalo de corrupción al interior de la Unidad Nacional para la Gestión de Riesgo (UNGRD), y que también incluiría la entrega de contratos al Eln.

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