Pico y Placa Bogotá:  6 al 0 – Pico y Placa Taxis: 1 y 2

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El trabajo en día festivo deberá remunerarse con un recargo del 100%

El trabajo en día festivo deberá remunerarse con un recargo del 100% El artículo 13 estipuló que el trabajo diurno será entre las 6:00 a.m y las 7:00 p.m; la jornada nocturna arrancará desde las 7:00 p.m y va hasta las 6:00 a.m. El empleador deberá pagar 35% más del sueldo. Actualmente el recargo nocturno aplica después de las 9:00 p.m. Ese artículo comenzará a regir seis meses después de que se apruebe la reforma.

Continúa el debate en la Plenaria de la Cámara de Representantes sobre la discusión de la reforma laboral. Entre los puntos que se han abordado están los contratos a término fijo, modificaciones en las jornadas nocturnas, condiciones de los trabajadores de aplicaciones tecnológicas de reparto, regulaciones especiales para comunicadores y artistas; modelos de tercerización y […]

Se cayó el proyecto de regulación del cannabis

Se cayó el proyecto de regulación del cannabis

Pocas horas después de que se hundiera la reforma laboral, el gobierno nacional sufrió otra derrota legislativa en el Congreso al archivarse, en octavo debate, el acto legislativo por medio del cual se buscaba habilitar la venta al público del cannabis con fines recreativos.

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